Páginas

jueves, 22 de agosto de 2013

Cámara de Representantes aprueba su Código de Ética

08/22/2013 | 09:14 p.m.

Esta medida no se llevó a debate, explicaron la portavoz de la minoría, Jenniffer González Colón, y el presidente cameral Jaime Perelló, porque se había trabajado sobre la pieza en conjunto y se llegó a un consenso. (ana.abruna@gfrmedia.com) 
Esta reglamenta la conducta de sus legisladores, tanto en el plano oficial como en su vida privada.
La Cámara de Representantes aprobó este jueves su código de ética, que reglamenta la conducta de sus legisladores, tanto en el plano oficial como en su vida privada.
La Resolución de la Cámara 614 obtuvo 40 votos a favor y ocho en contra.
Esta medida no se llevó a debate, explicaron la portavoz de la minoría, Jenniffer González Colón, y el presidente cameral Jaime Perelló, porque se había trabajado sobre la pieza en conjunto y se llegó a un consenso.
La adopción de un código de ética estricto fue una de los compromisos de la reforma legislativa que prometió el gobernador Alejandro García Padilla en su pasada campaña.
“Yo estoy muy satisfecho con lo que hemos aprobado y más satisfecho estoy de que la gran mayoría de los miembros de la minoría parlamentaria votaron a favor de la medida. Los que se abstuvieron o votaron en contra tendrán que explicarle al país, pero la gran mayoría le votó a favor empezando por su portavoz y su portavoz alterno”, sostuvo Perelló tras la aprobación del código.
González Colón coincidió con Perelló al resaltar que hubo “apertura durante las reuniones en las que se evaluaron aquellos puntos en los que diferíamos para llegar a un acuerdo y hoy con mi voto a favor avalé la propuesta presentada”.
El reglamento, aprobado casi nueve meses de iniciado el presente cuatrienio, según se había anticipado, les devolverá la participación a los ciudadanos, mediante la creación de un panel preliminar que determinaría si existen causas para investigar querellas contra miembros y funcionarios del cuerpo. Dicho organismo estará compuesto por tres representantes y cuatro ciudadanos en representación del interés públicos.
Tres de estos miembros, según el código, serán nombrados por el presidente de la cámara baja, y el cuarto por la minoría del Partido Nuevo Progresista (PNP). El Partido Independentista Puertorriqueño no tiene legislador cameral, sí en el Senado.
“Tenemos ya que identificar a esas personas que cumplan con los requisitos nuestros y del país. Ya a la minoría parlamentaria lo le pedí que me tenían que hacer una terna, que está en el código de ética. Así que yo espero, en los próximos días ya haber identificado (a esas personas). Igualmente, voy a pedir a diferentes grupos que me puedan recomendar personas probadas en el nivel público”, detalló Perelló.
Según el nuevo código, esas figuras deben ser personas con integridad moral, que no ocupen cargos, empleos o contratos en la Asamblea Legislativa, que no hayan sido legisladores ni candidatos a puestos electivos en los cuatro años que preceden a su nombramiento. A su vez, estos deben ser confirmados por la mayoría de los componentes de la Cámara.
De la misma forma, el código garantiza el acceso al público de los estados financieros de los representantes y le exige a aquellos miembros del cuerpo que deseen asumir responsabilidades adicionales a las de su cargo tienen que consultar a la Comisión de Ética, previo a comenzar en a ejecutar las mismas, y luego anualmente.
Aunque el reglamento señala que todo aquel que obtenga acceso a parte o la totalidad de un informe financiero de algún representante podrá usar la información obtenida “para propósitos relacionados con las Reglas de Ética de la Cámara, quedando expresamente prohibido algún beneficio particular o propósito ajeno a lo antes expuesto”. De incumplir con lo dispuesto la persona podría ser sancionada.
Perelló explicó que dichas sanciones están contenidas en el Código Penal de Puerto Rico, y que las mismas se aplicarían en caso de que alguien utilice la información obtenida con otro propósito que no sea medir los ingresos o la conducta ética del legislador.
“Se trata de una información que hay acceso libre de ella, tiene que haber una protección para que el que la tenga no la utilice en violación a la ley, en contra del legislador, no por su gestión oficial, sino por algún otro asunto, como por ejemplo, motivos personales”, sostuvo el dirigente cameral popular.
Esta sería la primera vez que la información financiera se abre al público en general, sin requerir de la aprobación del legislador, y la misma estaría disponible en la Secretaría de la Cámara de Representantes.
“Lo puede ver allí, obviamente hay una información sensitiva que se excluye (como lo es el número de seguro social e información de identificación personal), lo puede ver allí, e incluso si quiere copia de la información financiera que ve allí, se le provee, obviamente borrando todo lo sensitivo. Es una apertura real a los que somos los más fiscalizados en el pueblo de Puerto Rico y yo no quería dejar la más mínima duda sobre la transparencia que yo prometí y prometimos nosotros como delegación a principios de cuatrienio, se dio”, sentenció al resaltar que la espera por el mismo valió la pena, debido a sus intenciones de que fuera una proyecto de aprobación bipartita.
Perelló subrayó que la copia de los documentos entregados, sin la información sensitiva del representante podría utilizarse para propósitos de publicación en un medio, no así el original.
Sobre aquellos legisladores que desempeñen o quieran desempeñar funciones extra legislativas, según permitido por la Reforma Legislativa firmada en mayo pasado, el código señala que ninguno de sus miembros puede tener un empleo, contrato o negocio con responsabilidades, que aunque legalmente permitidas, resulten incompatibles con su responsabilidad como legislador.
Contrario al Senado -donde los senadores solo tienen que notificar a la Comisión de Ética que harán un trabajo extra legislativo- Perelló reiteró que en la Cámara tendrán que solicitar una opinión previa a cualquier contratación para estar seguros de que el mismo cumple con el código de ética. Dicha solicitud debe ser atendida en un término de diez días. La pieza legislativa menciona que dicha obligación es de naturaleza continua y que el representante debe pasar por el mismo proceso cada vez que pretenda asumir responsabilidades distintas.
A principios de julio, el portavoz de la mayoría popular, Charlie Hernández, se vio involucrado en un escándalo cuando trascendió que obtuvo un contrato de consultoría con la Asociación de Legislaturas Municipales a pesar de que votó a favor de una medida para asignarle dinero a esa entidad, como parte del proyecto del presupuesto del país.
El líder cameral, explicó por otro lado, que el código provee 15 días adicionales a los 30 que ya ofrecían como término para radicar una querella en contra de un legislador, pero que el querellante debe tener “conocimiento propio, personal y directo de los hechos que alega”.
Una querella podría sustentarse sin el requisito antes mencionado en caso de que existan pruebas que demuestren que el legislador ha podido cometer una violación de admisiones públicas, documentos públicos, documentos ordinarios de negocios o documentos expedidos por una agencia del gobierno, indicó Perelló.
“Dimos 45 días adicionales en que la persona adviene conocimiento de la situación para poder radicar la querella”, sostuvo. 
El reglamento señala que los representantes no deber realizar acciones o actividades que lo coloque en un conflicto de intereses ni aceptar pagos o bienes de valor económico por realizar las responsabilidades que les exige su cargo.
 Además, en la sesión ordinaria de este jueves, los legisladores aprobaron de manera unánime un proyecto que prohíbe la rotulación y el mercadeo legal del pollo y sus productos derivados.
El P. de la C. 1062 tipifica como delito que se identifiquen y se promuevan estos productos como carne fresca cuando hayan sido congelados y posteriormente descongelados, cuando en algún momento su temperatura interna haya sido menor de 26 grados Fahrenheit, y cuando haya sido expuesta a cualquier manejo que violente las leyes federales y estatales.
De convertirse en ley, quienes violenten estas disposiciones se exponen a una multa de $1,000 por una primera falta, y sanciones de hasta $10,000 por infracciones subsiguientes. De igual forma, podrían ser condenados a un año de prisión.

No hay comentarios: