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lunes, 8 de julio de 2013

DACO emite orden congela precios por aviso de tormenta tropical Chantal

07/08/2013 | 07:41 p.m.

Daco prohibió aumentos en todos los niveles de distribución y mercadeo de los precios regulares en vigor desde este lunes. (Archivo) 
Prohibió aumentos en todos los niveles de distribución y mercadeo de los precios regulares en vigor desde este lunes.
El secretario de Asuntos del Consumidor (DACO), Nery E. Adames Soto, firmó la orden para “congelar” los precios de los artículos de primera necesidad en situaciones de emergencia.
Esta orden responde a la vigencia del aviso de tormenta tropical por el inminente paso de Chantal por el sur de la Isla, según el boletín más reciente emitido por el Servicio de Meteorología de los Estados Unidos en Puerto Rico.
El DACO prohibió aumentos en todos los niveles de distribución y mercadeo de los precios regulares en vigor desde este lunes.
Adames Soto estableció que “las violaciones a esta orden y a las leyes y reglamentos que la autorizan incluyen multas administrativas hasta de $10,000 por cada violación cometida.
“Sabemos que tras la notificación de aviso de tormenta tropical para Puerto Rico emitida por el Servicio Nacional de Meteorología, algunos comercios pudieran aumentar el precio de artículos de primera necesidad, y con esta orden el DACO velará que los costos sean justos para los consumidores”, indicó Adames Soto.
El Secretario también añadió que todo artículo o servicio que hubiera sido anunciado en venta especial previo a expedirse la orden deberán honrarse sus términos y condiciones hasta la fecha límite anunciado.
El funcionario recalcó que no se podrán alterar los términos y condiciones de venta que pudiera resultar en el encarecimiento de algún producto o servicio. No obstante, los precios de todo producto y servicio podrán ser reducidos.
Se declaran artículos de primera necesidad todo producto, servicio, material, suministros, equipo y cualquier artículo objeto del comercio que sea susceptible de ser vendido, arrendado, alquilado y que su consumo o uso sea necesario para el consumidor como resultado de una situación de emergencia. Incluye pero no se limita a alimentos enlatados y frescos; medicinas, especialidades y prácticas farmacéuticas; gasolina, combustibles; tormenteras, servicios de modificación, reparación e instalación de tormenteras; tornillos, tuercas, clavos, expansiones, paneles de madera, soga, tensores y herramientas; plantas eléctricas de gasolina, diesel o de gas propano, equipos, piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de plantas eléctricas, de gasolina, diesel o gas propano; cisternas de agua, equipos piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de cisternas de aguas; equipos, piezas y tanques de combustible de estufas portátiles; tanques y recipientes de almacenamiento de agua; tanques y recipientes de almacenamiento de combustible; toldos y casetas de campaña; además, baterías y linternas de todo tipo y cargadores de energía; agua, hielo, leche, café, todo tipo de farináceos y de granos y cualquier otro artículo o servicio que un consumidor pueda razonablemente necesitar para prepararse o recuperarse de la situación de emergencia.
Aquellos consumidores que deseen recibir orientación sobre este y otros temas, pueden comunicarse al 787-294-3702, acceder a la página www.daco.gobierno.pr
También puede comunicarse con @dacoatufavor en Facebook, Twitter, Instagram y Youtube o visitar cualquiera de las oficinas regionales de San Juan, Arecibo, Caguas, Bayamón, Ponce y Mayagüez.

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