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jueves, 13 de junio de 2013

JRT perdería jurisdicción sobre pleitos de clase

06/13/2013 | 08:15 p.m.

El proyecto, sin embargo, permite que la JRT intervenga en un caso y emita una opinión sobre aspectos técnicos que requieran su pericia sobre el tema de las telecomunicaciones. (angel.rivera@gfrmedia.com) 
La medida, aprobada con 18 votos a favor y seis en contra, revierte las disposiciones de una ley aprobada en el 2005.
El Senado aprobó hoy un proyecto de ley que elimina la jurisdicción exclusiva que actualmente tiene la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones (JRT) para atender pleitos de clase incoados por consumidores en contra de compañías de telecomunicaciones o de televisión por cable.
La medida, aprobada con 18 votos a favor y seis en contra, revierte las disposiciones de una ley aprobada en el 2005 al restituirle al Tribunal de Primera Instancia la facultad primaria para adjudicar ese tipo de controversias y, además, elimina el tope de $5 millones que el mismo estatuto estableció como límite de las compensaciones a las que tendrían derecho los miembros de una clase que prevalezcan en un caso.
"Esta Asamblea Legislativa entiende que certificar un pleito de clase es un asunto de derecho sustantivo, y el foro con la pericia e infraestructura necesaria para atender dichos pleitos es el Tribunal General de Justicia. Ello también reconoce que la rigurosidad del foro judicial salvaguarda el derecho al debido proceso que les asiste a las compañías de telecomunicaciones y cable televisión que se exponen a perder un interés propietario", reza la medida de los senadores populares Eduardo Bhatia, Ramón Luis Nieves y Ramón Ruiz.
El proyecto, sin embargo, permite que la JRT intervenga en un caso y emita una opinión sobre aspectos técnicos que requieran su pericia sobre el tema de las telecomunicaciones.
Al defender la pieza legislativa, el senador Nieves afirmó que cuando se le confirió la jurisdicción exclusiva a la JRT en el 2005, a la ley se le incluyeron presuntamente de manera inadvertida algunas enmiendas, entre ellas el que tuviera vigencia retroactiva. Ello, según el legislador, para favorecer a una compañía de telefonía que entonces enfrentaba un pleito de clase en el tribunal y que al trasladar el pleito al foro administrativo se exponía solo a pagar compensaciones más bajas.
Aunque lo criticó enérgicamente, el proyecto de ley aprobado este jueves también incluye una cláusula retroactiva al establecer que su vigencia será inmediata y, además, "surtirá efecto sobre cualquier procedimiento pendiente a esta fecha o que se radique con posterioridad a la misma".
 La senadora novoprogresista Margarita Nolasco presentó infructuosamente una enmienda para establecer que la pieza tendría vigencia prospectiva.
"Esta enmienda en la parte de retroactividad no afecta los derechos sustantivos de las partes... La Junta (Reglamentadora de Telecomunicaciones) no ha tomado determinaciones sobre los efectos sustantivos de las partes en los cinco pleitos de clase que tiene", señaló Nieves.
Nolasco también rechazó la medida por entender que beneficiaría a los abogados José Andreu García y José Andreu Fuentes, vinculados con figuras del Partido Popular Democrático y quienes representan legalmente a las clases en dos casos actualmente ante la consideración de la JRT.
"No cabe duda de que esta ley ha sido hecha a la medida para beneficiar al bufete de abogados que actualmente tiene importantes pleitos de clase pendientes ante la Junta Reglamentadora, y pretenden que este Senado los beneficie, no solo eliminando la jurisdicción de la Junta Reglamentadora, sino engrosando sus arcas personales con la eliminación de los topes establecidos, abriendo la puerta a honorarios millonarios", sostuvo la legisladora del Partido Nuevo Progresista.
De otra parte, el Alto Cuerpo dio paso de manera unánime a un proyecto de ley que establecería un programa de retiro temprano voluntario en la Autoridad de los Puertos.
Según la pieza legislativa, podrían acogerse al beneficio aquellos empleados que hayan comenzado a cotizar bajo las disposiciones de la Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno antes del 1 de abril de 1990, y que al 30 de junio de este año tengan, al menos, 20 años de servicio.
De igual forma, el Senado aprobó con 21 votos a favor y tres en contra un proyecto que enmendaría el Código de Rentas Internas para imponer un arbitrio a la venta del tabaco para mascar.
Los recaudos por ese gravamen estarían destinados en partes iguales a la Escuela de Artes Plásticas, el Conservatorio de Música, la Corporación de las Artes Musicales, el Fondo Especial de Control de Tabaco del Departamento de Salud y el Centro Comprensivo de Cáncer de la Universidad de Puerto Rico.

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