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miércoles, 25 de septiembre de 2013

Procurador de las Personas con Impedimentos se aferra a su puesto

09/25/2013 | 09:09 p.m.

iInsiste en que su posición es una cuasi judicial y con nombramiento de 10 años, por lo que no puede ser destituido del cargo.
El escrito establece que Díaz Carrasquillo tiene un derecho propietario de su posición y que determinar lo contrario, "sería poner en riesgo" a la población que atiende. (alberto.bartolomei@gfrmedia.com) 

El procurador de las Personas con Impedimentos, Iván Díaz Carrasquillo, insiste en que su posición es una cuasi judicial y con nombramiento de 10 años, por lo que no puede ser destituido del cargo.
Como parte del proceso de la demanda que sometió contra el gobernador Alejandro García Padilla y otros en agosto pasado, hoy, miércoles, su abogado Jean Philip Gauthier sometió una moción explicativa de por qué su representado tiene un interés propietario de la posición que ocupa desde noviembre de 2011 y que vence en 2021.
El abogado informó al juez federal Daniel R. Domínguez que la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos (OPPI) ofrece servicios cuasi judiciales al haber oficiales examinadores que atienden querellas de personas discapacitadas que entiendan que sus derechos han sido violados por su condición física.
 Señala la moción que las funciones del procurador son de naturaleza cuasi judicial "para asegurar que los derechos de las personas con impedimentos no sean violados por ninguna persona ni partido, incluyendo el gobernador".
El escrito establece que Díaz Carrasquillo tiene un derecho propietario de su posición y que determinar lo contrario, "sería poner en riesgo" a la población que atiende por actos que puedan cometer agencias gubernamentales y otros, y "aseguraría la naturaleza vengativa de los líderes recién electos para terminar con los oficiales nombrados por previos incumbentes, sin importar el servicio rendido o la necesidad de continuar con la eficiencia gubernamental".
"De determinar lo contrario, obviaría el tribunal la intención legislativa detrás de las leyes que crearon la OPPI, denegando a Díaz Carrasquillo de servir a la comunidad que protege, una comunidad bien servida por una persona que mientras tiene fractura espinal que le ocasiona incapacidad por un 95%, miró dentro de sí y encontró el coraje para luchar contra los poderes para asegurar que los derechos sean validados por este honorable tribunal", agrega la moción.
El documento también indica que OPPI existe para asegurar que el gobernador, las agencias gubernamentales estatales, así como las corporaciones públicas y privadas cumplan con leyes estatales y federales que protegen a las personas con discapacidades para que no sean marginizados y ni discriminados.
"OPPI no está bajo el control del gobernador y no requiere autoridad y/o persmiso para realizar sus funciones", puntualiza.
Los demandados García Padilla y miembros del comité de transición, Margaret Morales y Gabriel Esterrich, deberán contestar a la moción mañana, jueves, a través de la abogada Wandymar Burgos, del Departamento de Justicia.
El 24 de julio pasado, García Padilla derogó el Plan de Reorganización de 2011, firmado por el entonces gobernador Luis Fortuño, y nombró como procurador interino a Ramón Calzada Jiménez.
Dicho plan derogó las leyes que crearon las procuradorías de personas con impedimentos, la de personas de edad avanzada, del veterano y de salud, consolidándolas bajo la Oficina de Administración de las Procuradorías (OAP).
La parte demandada señala que la nueva ley disuelve el Plan de Reorganización y le confiere a García Padilla nombrar a los procuradores.
Díaz Carrasquillo insiste en que su puesto es de 10 años y no puede ser destituido, a menos que se presente prueba sobre causales para destituirlo por negligencia o acciones impropias en su puesto. Además, al ser una persona con funciones cuasi judiciales está protegido por ley y solamente se le puede despedir bajo justa causa, según argumenta en el tribunal.

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